EL DESPIDO

Licda. Vanessa Navarro Camacho. Especialista en Derecho Laboral

El despido es la rescisión unilateral del contrato de trabajo o de la relación laboral por parte del empleador, el cual puede ser justificado o injustificado, según la causa que lo motive.

Todo patrono tiene desde luego el derecho a la libre contratación y por ende la libertad para despedir a un trabajador siempre que cuente con una razón objetiva para hacerlo, y que esa razón no sea discriminatoria.

Un despido puede traer consecuencias económicas a las partes, en el caso del trabajador, si lo despiden justificadamente, puede representar pérdida de sus derechos laborales, y para el patrono, el pago a favor de un trabajador como consecuencia de un despido injustificado, si lo hacen pagar los extremos laborales que corresponden, más otras indemnizaciones, mismas contempladas en el artículo 31 del Código de Trabajo.

El despido resulta justificado cuando el trabajador incurre en alguna falta establecida en el artículo 81 del Código de Trabajo.

Si el patrono no cuenta con una razón objetiva de despido, asume un riesgo ante la reclamación y puede ser sancionado a pagar una indemnización, tal y como lo contempla el artículo 82 del Código de Trabajo, intereses, indexación, salarios caídos, etcétera. Por eso es sumamente importante que los patronos evidencien a través de pruebas documentales u otros medios, aquellas faltas en que incurra un trabajador, así como las sanciones y amonestaciones que se le hagan, para poder así demostrar que el despido es legal y justificado.

El despido injustificado es aquel que no se ajusta a ninguna de las causales establecidas en el Código de Trabajo.

También podemos hablar de despido directo cuando se da la sola decisión unilateral emanada por el patrono, sea una causa justificada o injustificada, decide despedir al trabajador porque así es su voluntad.

Y el despido llamado indirecto que son aquellos actos que realiza o asume el patrono con el fin de procurar que el trabajador renuncie, situación que se da en la práctica, pero que legalmente se puede manejar como “mobbing” acoso laboral.

Por último, todo patrono debe entregar una carta de despido al trabajador, donde se le indiquen los motivos que dieron lugar al despido, y con ella debe hacerse un documento llamado finiquito laboral donde se indican todos los conceptos, importes, y pagos que recibe el empleado al momento de dar por terminada la relación laboral.

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